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Calculadora de finiquito e indemnización

Calcula cuánto te corresponde al terminar tu contrato: salario pendiente, vacaciones, pagas extra y, si te toca, indemnización.

Actualizada en octubre de 2026 · Basada en los artículos 49, 53 y 56 del Estatuto de los Trabajadores

Fechas
Izquierda: tu fecha de alta en la empresa. Derecha: tu último día de contrato.
€/mes
Una mensualidad normal con los complementos fijos, sin la parte prorrateada de las pagas extra.
Pagas extra
Importe de cada paga y cómo se generan
€
Si no lo sabes, deja el importe vacío (se usa tu salario mensual) y «Semestral»: la de verano se genera de enero a junio y la de Navidad de julio a diciembre. Tu convenio lo indica.
Vacaciones
al año
disfrutadas
Días de vacaciones al año según tu convenio y los que ya has disfrutado este año.
días

Te corresponde en total

—

brutos

Salario de los días del último mes—
Vacaciones no disfrutadas—
Parte proporcional de pagas extra—
Preaviso—
Finiquito—
Indemnización—
Antigüedad computada—
Salario diario para la indemnización—
Ver el cálculo paso a paso

    Finiquito e indemnización no son lo mismo

    El finiquito es la liquidación de lo que la empresa te debe cuando termina tu contrato. Se cobra siempre, también si te vas voluntariamente. Incluye:

    La indemnización es una compensación aparte que solo corresponde en algunos casos:

    Cómo termina el contratoIndemnizaciónLímite
    Despido improcedente33 días por año trabajado24 mensualidades
    Despido objetivo20 días por año trabajado12 mensualidades
    Fin de contrato temporal12 días por año trabajado—
    Despido disciplinario procedenteSin indemnización—
    Baja voluntariaSin indemnización—

    Los periodos inferiores a un año se calculan por meses, y los meses incompletos cuentan como completos.

    Contratos anteriores al 12 de febrero de 2012

    Si tu contrato empezó antes de la reforma laboral de 2012, en un despido improcedente el tiempo trabajado hasta el 11 de febrero de 2012 se paga a 45 días por año, y el posterior a 33. El total no puede superar 720 días de salario, salvo que por el periodo anterior a 2012 ya te correspondan más; en ese caso se respeta esa cantidad, con un máximo de 42 mensualidades. La calculadora lo aplica automáticamente.

    Cómo se calcula cada parte

    Ejemplo

    Luis entró en su empresa el 1 de marzo de 2022 y le despiden el 15 de octubre de 2026. El despido es improcedente. Cobra 1.800 € brutos al mes en 14 pagas, con pagas semestrales, tiene 30 días naturales de vacaciones y este año ha disfrutado 15.

    1. Salario de octubre: 1.800 € × 15 ÷ 31 = 870,97 €.
    2. Vacaciones: genera 30 × 288 ÷ 365 = 23,67 días; le quedan 8,67 días × 60 € = 520,27 €.
    3. Paga de Navidad: 1.800 € × 107 ÷ 184 días = 1.046,74 €.
    4. Finiquito: 2.437,98 €.
    5. Indemnización: antigüedad de 4 años y 8 meses (el mes incompleto cuenta entero); salario diario 25.200 € ÷ 365 = 69,04 €; 33 × 4,67 años × 69,04 € = 10.632,33 €.
    6. Total: 13.070,31 € brutos.

    Preaviso

    Antes de firmar el finiquito

    Impuestos. El salario pendiente, las vacaciones y las pagas extra cotizan y tributan en el IRPF como cualquier nómina. La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta el importe obligatorio por ley.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué diferencia hay entre finiquito e indemnización?

    El finiquito liquida lo que te deben (salario pendiente, vacaciones y pagas extra) y se cobra siempre. La indemnización es una compensación adicional que solo corresponde en algunos casos, como el despido objetivo, el improcedente o el fin de un contrato temporal.

    ¿Cuánto es la indemnización por despido improcedente?

    33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Para contratos anteriores al 12 de febrero de 2012, el tiempo hasta esa fecha se calcula a 45 días por año.

    ¿Me corresponde finiquito si me voy voluntariamente?

    Sí. El finiquito se cobra siempre. Lo que no corresponde en una baja voluntaria es indemnización.

    ¿Todos los contratos temporales tienen indemnización al terminar?

    No. La indemnización de 12 días por año corresponde al contrato por circunstancias de la producción, entre otros. Los contratos de sustitución y los formativos no la tienen.

    ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un despido?

    20 días hábiles desde el día siguiente al despido. Para reclamar cantidades del finiquito, el plazo es de un año.

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    Fuentes

    Real Decreto Legislativo 2/2015, texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores: artículos 38, 49, 53, 56 y 59, y disposición transitoria undécima. Texto consolidado en el BOE. Resultado orientativo: no sustituye el asesoramiento de un profesional. Revisa siempre tu convenio colectivo.