¿Cuántos días de preaviso tengo que dar?
El artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores dice que el preaviso es el que marque tu convenio colectivo o la costumbre del lugar. No fija una cifra general. Lo más habitual es:
- 15 días para la mayoría de los puestos.
- Hasta 1 o 2 meses en algunos convenios para puestos técnicos o de responsabilidad.
- Durante el periodo de prueba no hace falta preaviso.
Si te vas sin respetar el preaviso, la empresa puede descontarte del finiquito el salario de los días que falten. Avisa siempre por escrito y guarda una copia firmada o el acuse de recibo.
¿Qué cobro al irme?
En una baja voluntaria no hay indemnización, pero sí finiquito, que se cobra siempre. Incluye:
- El salario de los días trabajados en el último mes.
- Las vacaciones generadas y no disfrutadas.
- La parte proporcional de las pagas extra, si no las cobras prorrateadas.
¿Tengo derecho a paro?
Por regla general, no. La baja voluntaria no se considera una situación legal de desempleo. Hay algunas excepciones:
- Si dejas el trabajo por un incumplimiento grave de la empresa, como impagos o retrasos continuados en el salario, puedes pedir al juez que extinga el contrato con indemnización, y en ese caso sí tendrías paro. No dimitas sin asesorarte antes.
- Si después de la baja voluntaria trabajas en otra empresa y te despiden o termina ese contrato, puedes cobrar el paro por lo cotizado, aunque la normativa exige que haya pasado un tiempo mínimo desde la baja voluntaria.
Alternativa: la excedencia voluntaria
Si llevas al menos un año en la empresa, puedes pedir una excedencia voluntaria de entre 4 meses y 5 años. No cobras durante ese tiempo, pero conservas un derecho preferente a volver cuando haya una vacante de tu categoría. Es una buena opción si no tienes claro que quieras irte para siempre.
Paso a paso
- Revisa en tu convenio cuántos días de preaviso tienes que dar.
- Entrega una carta de baja voluntaria con tu último día de trabajo y pide que te firmen una copia.
- Organiza las vacaciones pendientes: puedes disfrutarlas antes de irte si la empresa está de acuerdo, o cobrarlas en el finiquito.
- Revisa el finiquito antes de firmarlo y, si algo no cuadra, firma como «no conforme».
Preguntas frecuentes
¿Puede la empresa negarse a aceptar mi baja voluntaria?
No. Dimitir es un derecho del trabajador. La empresa solo puede exigir que respetes el preaviso.
¿Me pagan las vacaciones que no he disfrutado?
Sí, siempre. Se pagan en el finiquito, también en una baja voluntaria.
¿Puede la empresa dejarme ir antes de que termine el preaviso?
Sí, si te libera del preaviso. En ese caso no puede descontarte esos días.
Fuentes
Estatuto de los Trabajadores, artículos 46.2, 49.1.d y 50. Ley General de la Seguridad Social, artículo 267 (situación legal de desempleo). Información orientativa: revisa siempre tu convenio colectivo.